27.3.10

La ley del chaqueteo

Los chilenos, cual más cual menos, reconocemos ser un país donde una importante cantidad de personas son “chaqueteras”. Les molesta el éxito ajeno y más que atribuirlo a mérito propio, lo hacen a razones poco claras. Si no son visibles, se inventan.
La envidia es el moho de las sociedades que tienen como cultura, desalentar al exitoso, restando mérito a su inteligencia y capacidad.


Hoy en Chile la clase política, especialmente desde la oposición al actual gobierno, han desatado una polémica por la fortuna del Presidente Piñera y la venta de sus acciones en diversas empresas. Chaqueteo, propio de la cultura subdesarrollada que tenemos, donde obtener éxito es un pecado y si, alguien, le va bien en un negocio se le atribuye que el resultado es objeto de malas prácticas.
Piñera contrajo una responsabilidad personal, vender sus acciones de Lan Chile, para hacer una separación entre los negocios y la política. No pueden decir lo mismo algunos personajes que hacen de la política un negocio, donde las influencias por puestos y directorios estatales siempre se han ejercido. A esta fecha ese compromiso lo ha cumplido, pese a que ninguna ley de la República le obligaba.
Le pidieron que vendiera el canal de Televisión que posee, aunque en la última campaña presidencial se demostró que mantuvo una independencia absoluta, siendo dirigido, además, por un reconocido “concertacionista”.
Muchos años tuvieron los ex oficialistas para modificar leyes, generar un Fideicomiso ciego, como existe en otros países, pero nada hicieron.
¿Es acaso la fortuna conformada en un trabajo de varios años un pecado? Lan Chile, una empresa de excelencia, comprada, mayoritariamente por la familia Cueto y por el propio Piñera, se manejó, como muchas sociedades anónimas, a través de fondos de inversión como Axxion, familia Piñera y Costa Verde Aeronáutica, familia Cueto.
Los negocios de esa envergadura siempre se han manejado a través de sociedades anónimas que cotizan en bolsa. Es así como quienes compraron a Piñera, el grupo Solari lo hace a través de Bethia. No actúan las personas individualmente.
Los Cueto y Piñera hicieron de Lan una empresa de excelencia, reconocida mundialmente y premiada en incontables oportunidades. Sus capacidades permitieron que la empresa creciera y aumentara su valor corporativo, generara más empleo, hiciera nuevas inversiones, pagara crecientes impuestos por sus operaciones y dinamizara el transporte aéreo no solo en nuestro país, también en el extranjero.
Esos empresarios exitosos se necesitan en Chile. Uno de ellos, Piñera llega a la Presidencia de la República y, de inmediato se inicia el chaqueteo. Su éxito personal, indesmentible, parece ser su peor defecto frente a la mediocridad de quienes le juzgan.
Apegándose estrictamente a la ley que fija el impuesto a la renta y al capital, la venta de sus acciones generará al Estado un ingreso superior a los cien millones de dólares.
Un ex Ministro de Hacienda, actual senador, critica al Presidente por hacer el negocio en ese formato, que es aceptado por la ley Chilena y usado por empresarios de su mismo signo político, y que no constituye ningún delito. Acusa de elusión impositiva, tema que no está en la ley tributaria chilena y que suena más a un argumento descalificador que a un razonamiento técnico.
La venta de acciones tiene un tributo, a beneficio fiscal, claramente establecido, incluso cuanto su venta es mayor al valor nominal de la acción, caso del último paquete de acciones Lan a través de Celfin.
Axxion, la sociedad de inversiones de Piñera, ha señalado que los recursos obtenidos de la venta irán a cancelar pasivos de la sociedad y el resto a distribución de utilidades a sus accionistas. En ese momento Piñera, persona jurídica individual, pagará impuesto a la renta en la categoría que corresponda por el dinero que generen las utilidades efectivas de Axxion.
Las personas residentes o domiciliadas en Chile se encuentran sujetas a un impuesto a la renta sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la fuente de origen esté situada dentro del país o fuera de él.
Recordemos que este principio no fue observado por Impuestos internos de la época, cuando ministros y altos cargo de gobierno de la Concertación recibieron sobresueldos. El director general de SII de entonces dictaminó que ese dinero no generaba renta y estaba exento de tributación.
Lo demás es chaqueteo.